LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 7º, 8º Y 9º)

NADA ES ETERNO

LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX

(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)

(CONCEPTOS 7º: Seguridad Social I, 8º: Seguridad Social II y 9º: Fondo de Solidaridad.)

(MARZO DE 1993)

En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por«Conceptos» en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.

El ensayo lo componen 16 «Conceptos» que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 7º, 8º y 9 que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.

CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO

PRÓLOGO

CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN

CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)

CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)

CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)

CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)

CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)

CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)

CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)

CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD

CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS

CONCEPTO 11º: BIENES

CONCEPTO 12º: VIVIENDA

CONCEPTO 13º: JUSTICIA

CONCEPTO 14º: PRISIONES

CONCEPTO 15º: EJÉRCITO

CONCEPTO 16º: TURISMO

EXPOSICIÓN FINAL

CONCEPTO SEPTIMO

SEGURIDAD SOCIAL (I)

La Seguridad Social del empleado será a cargo del empleado y en ningún caso a cargo de la empresa. Para todo empleado que tenga unos ingresos brutos por debajo de 4 millones de Ptas. la reducción del pago del IRPF se efectuará de inmediato -y no escalonada durante 6 años- de forma que el tener que hacerse cargo de su seguridad social no le imponga un desequilibrio económico insalvable.

CONCEPTO OCTAVO

SEGURIDAD SOCIAL (II)

Cada ciudadano está obligado a estar inscrito en una aseguradora y cotizar por su seguridad social para estar debidamente cubierto, con inclusión de las enfermedades mentales en su cobertura. No estará obligado, no obstante, a que sea la seguridad social del Estado en la que esté inscrito. El Estado sí puede obligarlo a inscribirse en su seguridad social si el ciudadano desatiende su cobertura. El control a este efecto deberá ser eficaz. En todo caso, el Estado estará obligado a prestar asistencia sanitaria a aquéllos ciudadanos que no dispongan de medios económicos para su propia cobertura. La comprobación de esta situación por parte de la Administración pertinente será inmediata y sin excusas posibles por parte de ésta en atender una emergencia sanitaria de estas características.

CONCEPTO NOVENO

FONDO DE SOLIDARIDAD

Las empresas, si bien no tendrán que cotizar a la seguridad social por sus empleados, no obstante, durante tres años NO PRORROGABLES sí cotizaran las mismas cantidades que venían cotizando por sus empleados a una caja especial creada expresamente y controlada por la patronal, con intervención de los sindicatos, que tendrá la finalidad de proveer un fondo de solidaridad, el 25% del cual se destinará a formación profesional, el otro 25% a financiar un plan de emergencia para poner al día la lista de espera de intervenciones quirúrgicas existente en la actualidad por la vía de contratación suplementaria con clínicas privadas y el restante 50% a reserva de asistencia al paro en previsión de que el primer año de entrada en vigor el despido libre en las empresas (el 3º año de entrada en vigor esta Ley) se produzca un aumento excesivo en desempleados y que la asistencia social estatal no sea capaz de asimilar. Las prestaciones del seguro de paro las tiene que recibir el beneficiario inexcusablemente al mes siguiente de haber causado baja en la empresa.

El Estado también deberá crear la misma caja especial y con los mismos fondos que las empresas privadas y también ésta tendrá la intervención de los sindicatos. Quedan suprimidos todo tipo de subvenciones estatales a las empresas para fomentar la admisión de empleados. Transcurridos los tres años mencionados, la formación profesional pasará a ser financiada por el Estado en su integridad, siendo los Sindicatos los más indicados para controlar y vigilar la formación profesional que reciben sus afiliados, ya que la mayor garantía que puede dársele a un individuo para conservar su puesto de trabajo es una buena formación profesional y un buen comportamiento cívico en la empresa.

CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS

2012-12-11 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL) (PRÓLOGO)

2012-12-12 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)

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LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)

LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX

(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)

(CONCEPTOS 1º (RECONVERSIÓN), 2º: (FISCALIDAD I), 3º: (FISCALIDAD II), 4º: (FISCALIDAD III), 5º: (CONTRATACIÓN LABORAL I), 6º: (CONTRATACIÓN LABORAL II)

MARZO DE 1993)

En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por «Conceptos» en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.

El ensayo lo componen 16 «Conceptos» que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.

CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO

PRÓLOGO

CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN

CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)

CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)

CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)

CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)

CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)

CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)

CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)

CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD

CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS

CONCEPTO 11º: BIENES

CONCEPTO 12º: VIVIENDA

CONCEPTO 13º: JUSTICIA

CONCEPTO 14º: PRISIONES

CONCEPTO 15º: EJÉRCITO

CONCEPTO 16º: TURISMO

EXPOSICIÓN FINAL

CONCEPTO PRIMERO

(RECONVERSIÓN)

Trazar un plan de reconversión del modelo económico actual de 6 años, en cuyo transcurso se deberán desarrollar los conceptos detallados a continuación. Este plan deberá tener el carácter de Ley para su inexcusable cumplimiento.

CONCEPTO SEGUNDO

(FISCALIDAD I – PERSONAS FÍSICAS)

Todos los ciudadanos pagarán al fisco de acuerdo con sus ingresos partiendo del punto CERO y subiendo progresivamente hasta el punto 25. Es decir, el tope que un ciudadano pagará a hacienda por el beneficio obtenido, bien por trabajo personal ó por rendimiento de capital, sería el 25%. Como punto de referencia y de comparación podemos citar que un ciudadano que gane al año 4 millones de Ptas. pagaría al fisco un 5% aproximadamente.

CONCEPTO TERCERO

(FISCALIDAD II – EMPRESAS / PERSONAS FISICAS)

Se suprime la doble imposición, es decir, cualquier ciudadano que tenga una empresa y ésta haya repartido beneficios después de haber pagado al fisco lo estipulado por dichos beneficios, (máximo 25% de los beneficios brutos), no tendrá que cotizar por el concepto de IRPF por los dineros que le vengan a dicho ciudadano por este concepto.

CONCEPTO CUARTO

(FISCALIDAD III – FRAUDE FISCAL)

Queda suprimido el fraude fiscal como delito. Se penaliza el fraude, no obstante, con el pago de 10 veces lo defraudado. Si un ciudadano, ó una empresa, no puede pagar una multa por este concepto le serán intervenidos por el Estado parte de sus ingresos, ó sus beneficios en el caso de empresas, hasta el pago total de la multa, pero nunca podrá el Estado confiscar por la vía ejecutiva a un ciudadano de sus propiedades, ó a una empresa de sus útiles de producción. De producirse una situación en la que se estime como única vía de recobrar lo debido la confiscación de propiedades, dicha iniciativa sólo podrá tener lugar por la vía judicial y nunca por la ejecutiva. Si el ciudadano sólo puede defenderse contra el Estado por la vía judicial, el Estado no puede seguir siendo omnipotente por los siglos de los siglos y confiscar a sus ciudadanos por una vía que no les dejan ninguna posibilidad de defensa, sobre todo teniendo en cuenta que el ciudadano es parte del Estado y que se supone que el Estado está al servicio del ciudadano.

CONCEPTO QUINTO

(CONTRATACION LABORAL I)

Libre contratación y despido de todo empleado que comience a partir de ahora en una empresa previo preaviso mínimo de un mes. El despido libre se amplía a partir de los dos años de entrada en vigor de esta Ley a todos los empleados de las empresas con las pertinentes limitaciones que necesitarán de la conformidad de las autoridades laborales estatales. (A título de ejemplo podemos citar como exclusiones: 40 años cumplidos y mas de 15 años en la empresa, minusválidos, embarazadas, minusvalías originadas en la empresa, aprendices con contrato de aprendizaje, y una corta etc.)

Por supuesto que las reglas de juego de la vida laboral en la empresa privada será de aplicación en las Administraciones Públicas, donde, además, el funcionario público será corresponsable con la Administración del perjuicio que sea ocasionado al ciudadano, bien por negligencia ó intencionadamente, debiendo figurar en todo expediente ó documento expedido por la Administración a un ciudadano, además de la firma autorizada, el cajetín con el nombre legible y la firma del funcionario que ha tramitado el expediente.

La jubilación será voluntaria hasta la edad de 70 años, partiendo de un mínimo según la actividad ejercida, y, en ciertas profesiones en las que no interesa a la comunidad la pérdida de cerebros, no será obligatoria. Siempre será preferible el aguantar a diez viejos seniles que perder un solo cerebro privilegiado antes de tiempo.

CONCEPTO SEXTO

(CONTRATACION LABORAL II)

La contratación podrán efectuarla las empresas directamente con el aspirante al puesto, ó bien por medio de cualquier agencia de colocación privada, por medio del INEM ó por medio de cualquier sindicato.

CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS

2012-12-11 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL) (PRÓLOGO)

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LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (PRÓLOGO)

LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL) (PRÓLOGO)

(MARZO DE 1993)

En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por «Conceptos» en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.

El ensayo lo componen 16 «Conceptos» que planteo muy esquematizados; en este post tocaré su Prólogo que lee, a continuación de la relación de Conceptos, como sigue:

CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO

PRÓLOGO

CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN

CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)

CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)

CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)

CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)

CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)

CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)

CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)

CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD

CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS

CONCEPTO 11º: BIENES

CONCEPTO 12º: VIVIENDA

CONCEPTO 13º: JUSTICIA

CONCEPTO 14º: PRISIONES

CONCEPTO 15º: EJÉRCITO

CONCEPTO 16º: TURISMO

EXPOSICIÓN FINAL

PRÓLOGO

ir a El fracaso y quiebra del sistema económico del bloque comunista, después de 70 años de vigencia, ha tenido como causa fundamental la total ausencia de motivación del individuo en la toma de iniciativas para la mejora de su status social, y ello debido al dirigismo del sistema totalitario comunista que excluía la iniciativa privada en la generación de actividad económica. Como consecuencia de ello, el concepto económico comunista no sólo ha fracasado estrepitosamente sino que, además, ha dejado detrás de sí una sociedad inválida en la toma de decisiones e iniciativa empresarial que tendrá que afrontar largos años de penuria antes de que pueda entrar en el mercado de la competitividad con un mínimo de posibilidades de éxito.

El otro gran fracaso económico del siglo actual lo está representando el modelo económico occidental ó capitalista, y, también, por la misma razón: DESMOTIVACION DEL INDIVIDUO; en este caso a causa de agobio impositivo fiscal.

Ambos modelos han evolucionado con el transcurrir de los años -y el acceso de las izquierdas al poder en Occidente- hacia una meta casi sinónima, por muy contradictorio que nos parezca: LA SOCIALIZACION DE LOS ESTADOS.

El Estado comunista parte ya desde su base en que es el Estado el único propietario de todo bien que se encuentre dentro de sus fronteras y el único empresario por excelencia, por lo que no tiene porqué utilizar sistemas fiscales impositivos de carácter expropiatorios para alcanzar el dominio de la propiedad del país pero que, al no existir ningún estímulo de superación por parte del individuo productor, éste se convierte en un parásito del sistema, desapareciendo la productividad ó valor de trueque de lo recibido por lo producido, terminando el sistema, como ha sido el caso, en su quiebra absoluta.

En lo que al patrón económico de corte occidental se refiere, su quiebra está también servida a no muy largo plazo estando de hecho ya en lo que llamarían los expertos «quiebra técnica» pues, si como ocurre en España, un país con 40 millones de habitantes con una población activa de 12 millones -y digo «población activa» y no productiva- y su cifra de desempleados forzosos supera ya los 3 millones, sin visos de que esta cifra se reduzca a medio plazo, está claro que los empleados PRODUCTIVOS de los 12 millones de personas activas no podrán aportar con sus esfuerzos los ingresos suficientes para cubrir las necesidades de los 40 millones de población. Consecuentemente, a menos que se produzca un cambio drástico en los parámetros económicos que se siguen actualmente, la quiebra del sistema económico occidental también está servida, porque:

Los impuestos que a lo largo de los años se han ido creando y aumentando de forma progresiva en Occidente han llegado a tal punto que el Estado se queda con un tanto por ciento elevadísimo del ingreso del ciudadano, llegando incluso en algunos países a superar el 80% de los mismos, según la cuantía de lo percibido. (En España, por ejemplo, cualquier persona que funde una empresa y cierre su balance anual con beneficios tendrá que satisfacer al fisco el 35% de estos beneficios, y, si decide repartir los beneficios habidos, tendrá que abonar por el concepto de IRPF lo que le corresponda como persona física por el beneficio que haya percibido, pudiendo llegar hasta el 56% , según la cuantía recibida, por lo que el recibir el beneficio de su capital para su libre disfrute puede costarle a cualquier español el previo pago al fisco del 71% del beneficio bruto obtenido, (35% por parte de la empresa y 56% por la vía del IRPF). Ante estas expectativas, no debe sorprender a nadie que cada día se creen menos empresas, que cada día se cierren más empresas, y si no se cierran aún más es porque la mayoría de los pequeños y medianos empresarios no pueden desligarse de su actividad sin perder todo cuanto tienen ó lo poco que les queda para poder tirar.

En el sistema económico occidental, el Estado, vía impuestos, «expropia» al ciudadano del producto de su trabajo de forma progresiva de tal manera que el individuo pierde el estímulo para crear actividad, tanto de carácter empresarial como personal, encareciendo vía tasas, impuestos, toda la actividad comercial hasta el extremo que cualquier individuo que quiera iniciar una actividad comercial tendrá que efectuar fuertes desembolsos de dinero no productivo en tasas, amén de largos procesos de tramitación burocrática.

Consecuentemente, mientras el sistema comunista asumió toda la decisión –pero también la responsabilidad- de dar ocupación a toda la población en edad productiva y de atender todas las necesidades fundamentales, como sanidad, enseñanza, alojamiento, suministros de víveres, etc., el sistema occidental lo ha sabido ‘hacer mejor’. El Estado no corre ningún riesgo; se limita a recaudar grandes trozos del producto del trabajo de sus ciudadanos, quienes, cuando les vienen las cosas mal ven como ‘su’ Estado le expropia sus propiedades vía ejecutivo, incluso útiles imprescindibles de producción en la marcha de empresas son confiscados por esta vía, si no han podido hacer frente al pago del capítulo de impuestos que también el Estado se haya encargado de asignarle de acuerdo con las reglas del juego, sus reglas, aprobadas en cámaras de mayorías absolutas de signo socialista, como es el caso de España.

Hay países occidentales donde el contribuyente, si bien no paga con excesivo agrado, por lo menos tiene la sensación que sus impuestos son utilizados por la Administración del Estado de forma correcta en la medida en que salta a la vista que los servicios fundamentales -sanidad, enseñanza, asistencia al desempleo, infraestructuras, etc.- están bien atendidos, por lo que no cunde del todo el desaliento y la sensación de expolio que existe en otros países, España entre ellos, en los que el contribuyente se siente, según necesite prestaciones del Estado, estafado, además de vigilado y , a causa del avance de la informática, completamente desnudo e indefenso ante la Administración, habiéndose generado la sensación en el ciudadano que los numerosos impuestos que paga por distintos conceptos sólo sirven para alimentar el tremendo aparato de la Administración que halla su justificación en el acoso y control cada vez más estricto y preciso del ciudadano.

La voracidad recaudatoria del Estado ha llegado a tal punto en algunos países que está acabando con la ilusión y la iniciativa del individuo. En lo que a España se refiere, hay que tener en cuenta que ha sido un país de tolerancia fiscal hasta hace unos años y ha pasado a ser en un cortísimo período de tiempo uno de los de mayor presión fiscal de la Europa Occidental. El ciudadano español paga a las Administraciones Públicas por numerosos conceptos y no sólo por el IRPF. A título de ejemplo baste el impreso oficial que hay que rellenar para cualquier trámite, y por el que hay que pagar, ó como una simple multa de tráfico por aparcamiento indebido puede llegar hasta la cuantía de 50.000 pesetas. (50.000 Ptas.es casi el salario mínimo interprofesional que en España lo reciben un vasto número de españoles). El legislador que contempla una penalización de semejante cuantía por aparcamiento indebido de un vehículo está muy lejos, y totalmente de espaldas, a las realidades y posibilidades del hombre de la calle. Este señor parece legislar para una sociedad de millonarios; indiscutiblemente no sabe lo que es para una familia tirar un mes con 50.000 Ptas. En todo caso, no existe nada comparable en la Europa Occidental en lo que a la cuantía de la penalización por este concepto se refiere.

Lo expuesto, a grandes rasgos, nos puede llevar a la conclusión que el sistema económico occidental necesita urgentemente y sin demora cambiar su modelo económico de socialización vía impuestos, que ha convertido a los Estados en asilos de funcionarios y parados, de forma que los agentes que juegan un papel decisivo en crear actividad económica -individuo, empresa y dinero- reciban el estímulo necesario e imprescindible para que se pongan en movimiento y que el dinero entre con decisión y confianza en los canales de creación de actividad y riqueza de los distintos países. Para que esto pueda ocurrir es necesario que se articulen los siguientes CONCEPTOS:

(Continuarán en el siguiente post los Conceptos 1º (Reconversión) y 2º (Fiscalidad I, II y III)

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NAVIDAD 2012 – FELICITACIÓN NAVIDEÑA DESDE GRAN CANARIA

NAVIDAD 2012 EN PASPALOMAS (GRAN CANARIA)

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NAVIDAD 2012 – FELICITACIÓN DESDE GRAN CANARIA

0 NAVIDAD 2012 EN PASPALOMAS (GRAN CANARIA)

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GRAN CANARIA SE PROMOCIONA CON EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO

«HOSTELTUR (07-11-2012) EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO

El nuevo posicionamiento se basa en el mejor clima del mundo como “elemento diferenciador y único sobre el que construir una propuesta de experiencia vacacional»

LOGO DE LA WTM DE LONDRES

PERSONALIDADES ESPAÑOLAS EN LA WTM DE LONDRES

AUTORIDADES TURÍSTICAS GRANCANARIAS PRESENTAN EN LA WTM EL CARNAVAL MASPALOMAS 2013

OTROS ARTÍCULOS MÍOS SOBRE EL DESARROLLO TURÍSTICO GRANCANARIO PUBLICADOS EN ESTE BLOG EN DISTINTAS FECHAS

GRAN CANARIA SE PROMOCIONA CON EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO

El día 5 de los corrientes comenzó en Londres la WTM 2012, una de las más importantes ferias de turismo del globo, la cual tendrá una duración hasta el día 8 de noviembre.

Gran Canaria, como no podía ni debía ser de otra manera, ha asistido a la mentada feria pero esta vez lo ha hecho en el pabellón de TURESPAÑA y no en el de CANARIAS conjuntamente con las demás Islas. ¿Que la decisión de ir por separado, especialmente de Tenerife, podría ser cuestionable? Es posible, aunque a la vista del más de millón y medio de turistas que recibe Tenerife al año más que Gran Canaria, hay que decir que la decisión es acertada y, además, hay que añadir que se ha tomado demasiado tarde; hace mucho tiempo que Gran Canaria debería haber adoptado una actitud más resoluta en defensa de los intereses de Gran Canaria en materia de turismo porque, a cuenta de dejar hacer a los intereses de Tenerife, tanto en el aspecto de promociones como en el importantísimo apartado del desarrollo turístico del suelo, Gran Canaria ha pasado de recibir algo más de turistas que Tenerife en 2000 a que hoy nos superen en llegadas turísticas -peninsulares no contabilizados- en el citado más de millón y medio. Además de este factor de más llegadas que Gran Canaria, Tenerife ha conseguido materializar una oferta de hoteles de alta categoría, precisamente la calidad por la que se ha decantado el mercado desde hace dos décadas, que ronda el 40% más que Gran Canaria, Isla que ha estado sumida en un permanente bloqueo de su crecimiento turístico desde que comenzó la ‘historia’ del PIOT del 1992 (aprobado por el Gobierno canario en 1995) y que tuvo su continuidad bloqueadora en el ‘rosario’ de moratorias a todo lo que fuera mover una piedra en suelo clasificado turístico, moratorias en las que Tenerife, después de haber levantado una extraordinaria planta hotelera de alta categoría, jugó un papel decisivo y determinante en que se impusieran y se mantuvieran hasta el día de hoy.

Por tanto, y voy al tema importante de este artículo, es de lo más reconfortante y alentador el poder constatar que ¡por fin! Gran Canaria se deshace del complejo de utilizar el factor clima como la piedra angular de su promoción y lo incorpora como ESLOGAN en sus promociones: «EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO». No hay en todo el globo ni un solo destino turístico que tenga a su disposición las certificaciones internacionales pertinentes para poder promocionarse con dicho eslogan sin complejos ni fraude de propaganda engañosa como los tiene Gran Canaria. Que hayamos tardado decenios en asumirlo como la piedra base en nuestras promociones es imperdonable, pero…..más vale tarde que nunca, congratulémonos que hoy ya sea un hecho.

En lo que a promocionar Canarias con el eslogan del «MEJOR CLIMA DEL MUNDO» no es de extrañar que no haya contado nunca con el beneplácito y apoyo de Tenerife porque no debemos olvidar que, si bien ellos tienen un clima parecido al nuestro, no pueden exhibir certificación alguna de organismos internacionales avalando esa situación, por consiguiente es comprensible que no les era propicio para sus intereses el promocionar con un eslogan que tiene su fuerza en Gran Canaria.

Con relación al clima y la salud, dos factores que van juntos en Gran Canaria en lo que a la clientela mayor se refiere, publiqué en el 2007 en el diario digital «elindependientedecanarios.com» una serie de 12 artículos con el titular de «LA NAVE TURÍSTICA GRANCANARIA: EMBARRANCAMIENTO ANUNCIADO».

Dado que su contenido sigue siendo de actualidad puesto que estamos en el inicio de lo que deberíamos haber comenzado a poner en marcha con rotundidad hace más de dos décadas, inserto a continuación el último de los capítulos, el concerniente a la promoción y comercialización de Playa del Inglés. Tal vez algunas de las sugerencias que contiene puedan ser utilizadas en beneficio de Gran Canaria por personas que toman a diario decisiones que afecten de alguna manera a nuestra oferta turística.

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de noviembre de 2012.

(HACER CLIC SOBRE LAS IMÁGENES PARA AMPLIARLAS Y FACILITAR SU LECTURA)

PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICA DE PLAYA DEL INGLÉS

PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICA DE PLAYA DEL INGLÉS

(CAPÍTULO XII Y ÚLTIMO)

En este ‘capítulo’, XII y último de mi ‘serial’ “LA NAVE TURÍSTICA GRANCANARIA: EMBARRANCAMIENTO ANUNCIADO”, trataré de forma muy sintetizada la promoción y comercialización turística de Playa del Inglés, tal como la veo para los fines expuestos en el ‘capítulo’ II, “’HOJA DE RUTA’, CON OBJETIVO A ALCANZAR”, publicado en el “elindependientedecanarias.como” el 13-09-2007 y colgado en mis páginas Web de la misma fecha. En este planteamiento apostaba por el turismo de salud como salida a la situación de agotamiento en que se encuentra el modelo actual, considerando los activos con que cuenta Playa del Inglés para poder emprender una nueva ruta con posibilidades de éxito, activos entre los que destaca el factor CLIMA, inalterable a influencias interesadas o gestores inoperativos y sobre el que tiene que descansar cualquier iniciativa comercial que busque la reactivación del mercado hacia lo positivo de la oferta de la cama extrahotelera en Playa del Inglés, porque, con la excepción del factor CLIMA y la playa, no hay ninguna otra razón material, aparte de las que pudiera haber de tipo humano, que haga a un posible turista decidirse por unas vacaciones en un establecimiento extrahotelero de Playa del Inglés en lugar de en cualquier otro destino turístico competidor de Gran Canaria. Por tanto, dedico sólo unas cuantas líneas a las alrededor de 20.000 CAMAS HOTELERAS existentes en Playa del Inglés, que no entran precisamente en la línea de la manida obsolescencia en casi su totalidad, las cuales, aunque sí sufren también las consecuencias del abandono casi generalizado que impera en toda la urbanización por parte de las administraciones competentes, no están en una situación de agobio para poder comercializarse por estar la demanda de la cama hotelera en permanente alza y su gestión está, en casi todos los casos, en manos de consejos de administración con posibilidad de toma de decisiones fáciles y rápidas.

LA CAMA EXTRAHOTELERA -bungalows y apartamentos- que representan unas 80.000 en Playa del Inglés, se enfrenta a varios problemas de muy difícil solución, siendo los más importantes, a mi criterio, los que voy a enumerar a continuación, aunque cualquiera de ellos puede ocupar el primer lugar, según los casos:

PRIMERO: Falta de demanda en el mercado del cliente que le era el habitual, el de poder adquisitivo medio.

SEGUNDO: Propiedad atomizada con la consiguiente dificultad en la toma de decisiones a cualquier efecto.

TERCERO: Dependencia total del turoperador para su comercialización desde los comienzos de su explotación turística -casi desde hace cuarenta años- con total ausencia de la más mínima organización administrativa de comercialización en muchos casos (sólo la firma de un contrato cada seis meses o cada año), y falta, en casi todos los casos, de un archivo de clientes llevado con rigurosidad y con autorización del cliente para que las mejoras que efectúe el establecimiento le pueda ser comunicado en su domicilio, así como las nuevas posibilidades de reservar directamente.

CUARTO: Deterioro del entorno dependiente de las administraciones públicas competentes.

ENFOQUE COMERCIAL POSIBLE CONSIDERANDO LAS CUATRO SITUACIONES NEGATIVAS ENUMERADAS.

PRIMERA: El cliente de poder adquisitivo medio y medio-alto está ya casi perdido para la cama extrahotelera de Playa del inglés y el cliente de bajo poder adquisitivo, que hoy la ocupa casi en su totalidad, debe ir siendo sustituido paulatinamente por clientela de salud, entre mayores y discapacitados físicos. El ganarse esta clientela requiere, además de acondicionar la urbanización para poder recibirla como se indica a lo largo de este mini ‘serial’, una promoción específica en esta línea resaltando la BENIGNIDAD DEL CLIMA para todas las personas afectadas de dolencias propias de las personas mayores como pueden ser reuma y artritis en invierno e intolerancia a altas temperaturas en verano, como suele haberlas en otros destinos turísticos del Mediterráneo, por ejemplo, tan problemáticas para no pocos mayores quienes encuentran aquí lo que en ningún otro lugar a cuatro horas de centro Europa pueden tener. (Por lo menos hasta que entre en auge la cercana costa de Marruecos que disfruta de un clima casi como el nuestro). Gran Canaria está legitimada para utilizar el eslogan de “EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO” sin incurrir en publicidad engañosa alguna porque ostenta este galardón otorgado por la universidad de Syracussa de los EE.UU para Las Palmas de gran Canaria y de la Organización Mundial de la Salud (la OMS) para la costa de Mogán, por tanto debe ser utilizado promocionalmente con suma relevancia, contundencia y repetición en toda nuestra actividad de captación de clientes. El Patronato de Turismo grancanario está llamado a desempeñar un papel decisivo para proyectar a Playa del Inglés como el destino ideal y único en Europa para turismo de salud. Los ocho millones de jubilados que tenemos en España, un país de 44 millones de habitantes, nos puede dar una idea del segmento de clientes potenciales que tenemos al alcance de la mano en la Comunidad Europea. Como quiera que esta clientela tenderá a pasar aquí estancias superiores a la de una o dos semanas hoy habitual, la oficina de turismo del Yumbo en Playa del Inglés deberá ser habilitada de forma que pueda asumir las funciones de coordinar actividades lúdicas para personas mayores que hagan posible encuentros sociales y posibilidades de bailes en horarios acorde con la edad. También deben organizar encuentros deportivos -basket ball, por ejemplo- entre discapacitados físicos en sillas de rueda con proyección informativa en las revistas especializadas de esta materia en Europa. Una vez estén instalados los ascensores a la playa, y mientras Costa desarrolla las mejoras que tiene en proyecto en dicha playa, deberán habilitarse plataformas en la playa de planchas de policarbonato, u otro plástico duro, desmontables para acomodarse a cualquier circunstancia, de forma que el discapacitado pueda también disfrutar de ella. Estos y cualquier otras iniciativas que se tomen al respecto deben tener una proyección periodística, no para el consumo interno en la prensa insular que pocos clientes puede aportar sino en la prensa o revistas europeas especializadas en estas materias.

SEGUNDA: El problema de la atomización de la propiedad de la cama extrahotelera para la toma de decisiones es de difícil solución; la salida tal vez pueda producirse cuando esa propiedad vea una actitud emprendedora por parte de las tres administraciones involucradas con hechos y no sólo buenas intenciones, cosa que podría motivar a esta atomizada propiedad a volver a apostar por el turismo invirtiendo en la puesta al día de su propiedad, cerrándose así la puerta a la ‘residencialización’ que tan negativa puede resultar para Playa del Inglés.

TERCERA: Sin salirse precipitadamente del ‘paraguas’ de los turoperadores, los establecimientos turísticos tienen que ir estructurando ya sus propios canales de venta de sus camas aprovechando la inigualable situación positiva y de ventaja que les ofrece el binomio vuelos baratos-reservas directas del cliente vía internet. Este concepto es ya una exigencia del mercado y hay que aceptarlo como tal y con el máximo optimismo, máxime cuando es el único sistema que a medio plaza dará tranquilidad y sosiego al propietario de la cama turística, quien tendrá en sus manos la influencia directa sobre la venta de su producto y ocupará sus camas si las sabe vender bien y se rodea de profesionales para ello. Los complejos con pocas camas tendrán posiblemente que ir a una comercialización unida con otros complejos en la misma situación con el fin de compartir los gastos de esta partida, ineludible en cualquier empresa aunque inexistente desde siempre en casi todas las actividades extrahoteleras de Playa del Inglés.

CUARTA: En lo que al deterioro del entorno se refiere, se puede decir con escaso margen de error que en todo este problema nadie tiene más razones para volcarse en el resurgimiento de la Playa del Inglés que las tres administraciones que tienen que ver con ella porque son ellas las principales culpables de la situación de degradación y deterioro a que ha llegado un destino turístico que por su clima fue el punto de encuentro, especialmente en invierno, de toda Europa y eso hace tiempo que ha pasado a la Historia, aunque manteniéndose el principal activo intocable, el CLIMA, no está dicho que no se pueda volver a recuperar una parte importante de ese pasado. Ahora hacen falta hechos concretos y actuaciones para solucionar los problemas existentes.
Aquí dejo una ‘Hoja de Ruta’ compuesta de doce mini ‘capítulos’ que recogen doce críticas y doce soluciones. Ahora corresponde a quienes corresponda -tanto si han tenido algo que ver con la situación de degradación ambiental a que ha llegado Playa del Ingles como si no- el tomar las decisiones oportunas para que vuelva la ilusión y la esperanza a la gente emprendedora en la zona turística sureña. No olviden que tienen un aliado que no les traicionará: EL CLIMA, EL MEJOR CLIMA DEL MUNDO, AVALADO POR LA UNIVERSIDAD DE SYRACUSSA Y LA OMS.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de noviembre de 2007.

Daniel Garzón Luna

Mismo artículo con imágenes en mis páginas Web: http://danielgarzonluna.blogspot.com/, y http://zxcvbn14.spaces.live.com/,

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2007-04-02 EL ESTUDIO DE LA ULPGC SOBRE PLAYA DEL INGLÉS: CUATRO AÑOS TARDE

2008-05-11 A VUELTAS CON LA MORATORIA TURÍSTICA
además “UN TINERFEÑO, PROPIETARIO DE HOTELES EN TENERIFE, PIENSA EN VOZ ALTA»

2008-08-14 LA MORATORIA TURISTICA: TROPEZAR TRES VECES EN LA MISMA PIEDRA

2008-10-24 EL BAILE DE LA MORATORIA TURÍSTICA

2008-11-09 ¿HACIA DÓNDE SE ENCAMINA GRAN CANARIA? (II)

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2010-10-09- ARTÍCULOS DE F.J. CHAVANEL, ROMÁN RODRÍGUEZ Y DANIEL GARZÓN LUNA PUBLICADOS EN LA PRENSA GRANCANARIA

2011-09-14NUESTRO FUTURO TURÍSTICO INMEDIATO: ¿SE HA PLANIFICADO PARA LO QUE SE AVECINA?

2011-09-25 SESENTA MIL CAMAS AL DESGUACE

2011-10-28 GRAN CANARIA HA PERDIDO DEFINITIVAMENTE EL LIDERAZGO TURÍSTICO DE CANARIAS

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2011-11-30 ¡OTRA MORATORIA TURÍSTICA CANARIA! ¿EL CUARTO TROPEZÓN EN LA MISMA PIEDRA?

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GIBRALTAR-CATALUÑA-PORTUGAL: «LA OCASIÓN LA PINTAN CALVA»

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El pasado día 7 de septiembre el diario digital «intereconomia.com» publicó una información sobre un pesquera de Algeciras, el «Divina Providencia», que faenaba en las aguas españolas de la Bahía de Algeciras y fue conminado a abandonar la zona en la que pescaba por patrulleras de la colonia de Gibraltar. Según la información del cita diario, de la cual incluyo enlace digital a continuación (aqui), fue por la intervención de la Guardia Civil de Frontera que la exigencia de las patrulleras llanitas no fuese culminada.

Este ‘incidente’ es uno más del rosario de provocaciones que el Gobierno de la colonia lleva practicando desde hace meses con una descarada intención de provocar forzados actos de violencia a los que la Guardia Civil de vigilancia en el Estrecho se viese abocada a practicar. El decir que estas provocaciones por parte de las autoridades del Peñón es una mera cuestión de los actuales dirigentes en su pretensión de apuntarse el tanto de haber conseguido la soberanía sobre las aguas españolas que lo circundan es ver el problema desde una óptica desmesuradamente optimista y simplista porque a ningún dirigente de la colonia se le ocurriría jamás originar un enfrentamiento bélico entre España y Gran Bretaña de por libre. Esta hipótesis puede y debe ser descartada de plano. Y si estas provocaciones de a diario de las autoridades del Peñón no son de motu propio, entonces ¿quién mece la cuna y con qué fin la mueve?; la respuesta a esta pregunta nos la da hechos acontecidos y aún en proceso a lo largo de los trescientos años de usurpación británica del Peñón de Gibraltar. Veamos:

La concesión de la propiedad -que no soberanía- que España hizo a Gran Bretaña en 1713 a través del fatídico Tratado de Utrecht contemplaba, y contempla pues el Tratado sigue en vigor, sólo la plaza de Gibraltar con su castillo y el puerto o embarcadero de la época. No tiene concesión jurisdiccional de ningún otro tipo como pudiera ser las aguas que circundan el Peñón o su comunicación con el resto de España a través del istmo (franja de tierra que separa la frontera de Gibraltar y la frontera española, no incluida en la concesión bajo ningún aspecto). En resumidas cuentas: una plaza militar con la sola posibilidad de comunicación por mar. (Ver post sobre la toma de Gibraltar en 1703 por ingleses, holandeses, alemanes y españoles).

En el transcurrir de los años, sin prisas pero sin pausas, la colonia ha ido ampliando su espacio vital ganando suelo a costa de las aguas españolas que lo circundan y ha convertido el embarcadero de la época en un gigantesco puerto de mar construido en aguas españolas, terminando por adueñarse del istmo, la franja de tierra que separa las dos fronteras, convirtiéndolo en un aeropuerto en toda regla, además de seguir inexorablemente ampliando la superficie de la colonia con rellenos de las aguas españolas del lado del Mediterráneo con el fin de construir un emporio turístico.

¿Y cómo ha sido posible que España transigiera sin más en todo este expansionismo de la colonia por tierras y aguas españolas? Esta es la pregunta del millón y su respuesta muy simple: las circunstancias de España en diferentes épocas en las que asuntos de mucho mayor calado la tenían atrapada para ocuparse del ‘quiste’ de Gibraltar, circunstancias que nunca dejaron de ser aprovechados por la colonia como fue el caso del inicio de la construcción del aeropuerto en 1938, en plena Guerra Civil española, la construcción subrepticia del puerto como vertedero de los escombros de los innumerables túneles que se fue prolongando y prolongando en aguas españolas sin que ningún gobernante español, por las razones que fueren que seguro que ha habido muchas, no decidiese poner coto a semejante usurpación de nuestras aguas de la Bahía de Algeciras. También hay que recordar en este capítulo de concesiones la ocupación del istmo que España autorizó por razones humanitarias durante la epidemia de peste que diezmó a su población en el siglo XIX pero que, una vez superada la crisis de la epidemia, se quedaron allí instalados y apropiaron de una parte importante del mismo.

¿Y cuáles podrían ser ahora las razones para que se produzcan continuas provocaciones por parte de las autoridades de la colonia, respaldadas a todas luces por las británicas, para que se origine un enfrentamiento armado en la Bahía de Algeciras entre España y Gran Bretaña? Como es bien sabido, Gran Bretaña reclama para sí tres millas marinas de las aguas españolas que circundan la colonia, cosa imposible de conceder por España porque 1º) el Tratado de Utrecht no le confiere derecho alguno sobre las aguas que circundan el Peñón, y 2º) Gran Bretaña no recibió el derecho de soberanía sobre la Plaza de Gibraltar sino sólo la propiedad de la misma y, consecuentemente, si no se ostenta la soberanía sobre un territorio no se puede pretender derecho de jurisdicción marítima alguno. Por tanto, la respuesta puede ser sólo una: que «la ocasión la pintan calva». ¿Qué ocasión? se preguntará el lector. La ocasión, desde mi punto de vista, podría ser la siguiente:

CATALUÑA

Hace muchos años que la unidad nacional de España no se encuentra cuestionada por algunos núcleos de población de la Piel de Toro como se encuentra en la actualidad. Hay importantes regiones de España en las que el ego nacional español ha sido secuestrado y se hacen ímprobos esfuerzos por debilitarla en todas sus Instituciones nacionales, especialmente en la Institución que siempre ha sido el esqueleto sobre el cual descansaron los ropajes de los variados pueblos de España: el Ejército. El presupuesto de esta Institución es recortado ininterrumpidamente cada año con el alborozo de aquéllos que lo denuestan y que olvidan, dentro de su ignorante e irresponsable pacifismo, o tal vez aversión a unas saludables y bien dotadas Fuerzas Armadas, que España tiene dos posibles frentes abiertos de muy probable beligerancia que son la colonia de Gibraltar y Ceuta-Melilla-Islas Canarias. Estas son realidades y no fantasías y estas realidades no se pueden afrontar con un ejército en el que sus recortes económicos han llegado al extremo en el que los soldados tienen que pagar el 50% de su rancho. En resumen: no tenemos un ejército en precario pero está por ver si sus efectivos están a la altura de una posible confrontación con un ejército bien dotado, y, en la hipótesis de Gibraltar, no podemos obviar que España tendría enfrente a una potencia dotada de armas nucleares.

Siguiendo en la senda de encontrar la obligada respuesta a la «ocasión la pintan calva» ya mencionada, debo trasladarme en el tiempo al año 1640 y, para ser más concreto, al 12 de junio de 1640 cuando tuvo lugar en Barcelona el llamado «Corpus de Sangre» que fue la consecución del levantamiento e irrupción en Barcelona del campesinado de Cataluña contra la presencia del ejército español que se encontraba acantonado en Cataluña, después de ser rechazado éste por el ejército francés en 1637 en su objetivo de entrar por los Pirineos y avanzar hasta París donde debía confluir con las tropa españolas provenientes de Flandes. Este rechazo militar obligó al ejército español, acompañado en esta empresa por el propio Rey Carlos IV y el Conde Duque de Olivares, su Jefe de Gobierno -a la sazón llamado Valido-, a acantonarse en Cataluña a la espera de mejor momento para reintentar llevar a buen fin el plan militar de confluencia en París con el ejército de Flandes, plan militar que se le suponía el necesario, de culminar con éxito, para poner fin a la Guerra político-religiosa de los treinta años, una vez anulada Francia del bloque de naciones beligerantes que abrazaron el protestantismo de Lutero.

La oligarquía separatista catalana de la época vio su oportunidad en los actos de pillage llevado a cabo por la tropa de la Corona acantonada en Cataluña para calentar el ambiente separatista contra España y su ejército allí estacionado, teniendo como consecuencia la antes mencionada irrupción del campesinado en Barcelona en un comportamiento de derramamiento de sangre y saqueo de lo más rancio de una revolución social de clases y guerra civil, proceso que comenzó en el mentado día de «Corpus de Sangre» y tuvo su continuidad en una auténtica guerra civil en Barcelona en la que el ‘monstruo sin cabeza’ se adueñó prácticamente de toda la ciudad, con numerosos asesinatos, entre ellos el del Virrey de Cataluña, y saqueos por doquier, situación extrema para la cual los promotores del levantamiento separatista no estaban capacitados para controlar, es decir, soltaron a un fiera de su jaula y se vieron incapaces de controlarla por sus propios medios por lo que, ante la imposibilidad de controlar el desmadre revolucionario, recurrieron al ‘amigo’ francés, al Rey de Francia, Luis XIII, quien, muy receptivo pues ello significaba debilitar el enemigo español, le envió 3.000 soldados, con mantenimiento a cargo de la Generalidad, que les ayudó a frenar la revolución campesina.

El 16 de enero de 1641 se constituye la República Catalana que elige como presidente al canónigo de Seu de Urgel, Pau Claris. En el mismo mes de enero de 1641, el Rey de Francia, Luis XIII, es nombrado Conde de Barcelona por las élites separatistas que ostentaban el poder de la Cataluña independiente -Pau Claris moriría de forma repentina en febrero de 1641, un mes después de la batalla de Montjuic en la que la liga franco-catalana venció a las tropas españolas-, quedando así adscrito el condado de Cataluña a la Corona de Francia. En ‘reconocimiento’, Francia envió a Cataluña un ejército y un cuadro político-administrativo que actuaron como un verdadero ejército de ocupación y cuyos desmanes dejaron en pura minucia los robos de gallinas cometidos por la tropa española. Este comportamiento más de conquistadores y ocupación que de aliado del ejército francés hizo posible que gran parte de la población catalana reconociera el despropósito cometido al meter al enemigo en casa y cooperara de forma relevante a que el ejército español pudiese expulsar a los franceses de Cataluña, acto que terminó de escenificarse con el Tratado de la Paz de los Pirineos, pero no sin que en dicho Tratado España tuviera que hacer la concesión del Rosellón, el Conflent y media Cerdeña a la Corona de Francia.

Es totalmente imposible el condensar en unas cuantas líneas todo lo que se coció en Cataluña desde el tristemente famoso día del «Corpus de Sangre» en junio de 1640 hasta el final de la guerra de la independencia de Cataluña en 1952. No obstante, el fin de este breve relato sobre dicha guerra no es rememorar la historia catalana de la época, que también si sirve de algo el despropósito independentista de la época con la repetición que está teniendo lugar en la actualidad, sino la importancia del papel que jugó en el contexto internacional de una España sumida en la larga guerra de los treinta años y con varios frentes abiertos, y, especialmente, en la separación de Portugal del resto de España.

Para Portugal el levantamiento de Cataluña resultó ser «La ocasión la pintan calva» de un momento histórico que fue aprovechado por las facciones disidentes de Portugal.

LA DISIDENCIA PORTUGUESA APROVECHA SU OCASION

Los acontecimientos de Barcelona de junio de 1640 fueron la sacudida que terminó por sacar a la clase dirigente de Portugal de su pasividad, un Portugal que había padecido desde su incorporación a la Corona de España el 12 de septiembre de 1580 la piratería de los corsarios de la flota holandesa de las siete provincias rebeldes contra sus colonias y comercio en Oriente. Al pasar a formar parte de la Corona de España con la subida al trono de Felipe II en la citada fecha, heredero legítimo de la Corona de Portugal, se vio involucrada en la interminable guerra de Flandes y sus posesiones de ultramar sufrieron las consecuencias. Esta situación llevaba años gestando un descontento en Portugal que vio su salida a la independencia del resto de España en los frentes de guerra que tenía abierto España a causa de la Guerra política-religiosa de los treinta años, con Francia entre una de las naciones enemigas, a la que se le sumó la sublevación y guerra de Cataluña que obligó a la Corona a hacer un inmenso esfuerzo para someter a los rebeldes secesionistas catalanes. Esta situación hacía impensable que la Corona de España pudiera habilitar un cuerpo de ejército para someter a los amotinados de Portugal que el 1 de diciembre de 1640, meses después del día «Corpus de Sangre» en Barcelona, protagonizaron el «Motín de Lisboa» en el que son asesinados los altos representantes de la Corona, entre ellos el Secretario de la Regencia, y aquéllos portugueses adictos destacados a la misma, procediéndose a la proclamación del Duque de Braganza como Rey Juan IV de Portugal.

Conseguido el apaciguamiento de Cataluña en 1652, los diferentes intentos que emprendió la Corona para recuperar Portugal por medio de las armas no dieron resultados favorables para España pues las batallas de relieve que tuvieron lugar fueron con saldo a favor de las armas portuguesas, algunos espectaculares. Son de resaltar la batalla de Las Líneas de Elvas (14 de enero de 1659); la de Ameixial (4 de junio de 1963); la de Castelo Rodrigo (7 de julio de 1664); y la de Villaviciosa (17 de junio de 1665), la última y definitiva que también se saldó con un clamoroso saldo a favor del ejército portugués. Después de esta batalla, España tuvo que asumir que la independencia de Portugal era un hecho irrefutable. El 13 de febrero de 1668 se firmó en Lisboa el Tratado de Lisboa por el que España reconocía la total independencia de Portugal como nación no adscrita a la Corona de España.

Cabe subrayar que la aceptación y firma de este Tratado se llevó a efectos con cierta premura por parte de la Corona española, ya fallecido Felipe IV, y su hijo y heredero a la Corona, Carlos II, siendo aún niño, en manos de la Reina, Mariana de Austria, como Reina Regente y cuyo confesor y asesor -que actuaba casi como un valido- el padre jesuita Juan Everardo Nithard, que actuó en estrecha sintonía con sus correligionarios portugueses, no fue ajeno a dicha premura. La Iglesia Católica, de la mano de la Orden de los Jesuitas en este caso, jugó un papel importante en la consecución y firma del Tratado de Lisboa con el que España cerraba definitivamente las puertas para intentar recuperar Portugal en el futuro.

Cabe terminar el apartado de la independencia de Portugal de 1640 en que no fue la única en que miembros de la Iglesia Católica jugaron un papel relevante en el acto de separación de Portugal del resto de España. La primera separación la protagonizó el Arzobispo de Braga, que dio un apoyo y respaldo persistente y sin límites al Conde de Lusitania, Alfonso Enriques, hijo de Enrique de Borgoña, Conde de Portugal por su matrimonio (1093) con la hija ilegítima del Rey de Castilla Alfonso VI, Teresa de León, quien dio a su hija el Condado de Lusitania en 1095.

El Conde Alfonso Enriques, si bien tuvo que enfrentarse a la Corona de Castilla y León , incluso con las armas, por su supuesto linaje ilegitimo, -su madre, Teresa de León, hija ilegítima de Alfonso VI y su padre, Enrique de Borgoña, Conde cónyuge- demostró ser un líder y valiente guerrero que consiguió importantísimas victorias sobre el Moro, como fue la de Ourique en 1139, que tuvo como consecuencia que fuese aclamado Rey de Portugal por su ejército el 26 de julio de 1139, como Alfonso I Enriques, Rey de Portugal. A esta batalla ganada al Moro le siguieron otras entre las que tuvo especial relevancia la toma de Santarem y Lisboa en 1147.

Indiscutiblemente que lo que a Alfonso I Enriques le faltara de legitimidad para instaurar un trono en el Condado de Portugal lo cubrió con creces con sus méritos con las armas, tanto contra el Moro como contra sus propios familiares de Castilla y León que se lo disputaron, incluida su madre Teresa de León. La Corona de Castilla, ostentada a la sazón por Alfonso VII, reconoció la independencia del Reino de Portugal en 1143 y el Papa Alejandro III reconoció a Portugal como nación independiente y vasallo de la Iglesia en 1179. Según la Historia, la Iglesia Católica, de la mano del Arzobispo de Braga, jugó un importantísimo papel en que consiguiera su objetivo. Portugal no volvería a la Corona de España hasta 1580 en que comenzó a ostentarla, legítimamente, Felipe II.

No parecen existir dudas de que la revolución secesionista de Cataluña hizo viable la segunda separación de Portugal de España; la primera fue del Reino de Castilla y la segunda de la Corona de España.

Y ahora el lector, si ha tenido la paciencia de llegar en su lectura hasta aquí, tal vez se pregunte: ¿a son de qué vienen los acontecimientos que tuvieron lugar en España en 1640 con los incidentes provocados por las autoridades del Peñón en las aguas españolas de la Bahía de Algeciras? Sí, esta es la inevitable pregunta a la cual voy a procurar dar una escueta respuesta:

Como hemos podido ver a lo largo de los meses desde que Picardo tomó la presidencia del Gobierno de la colonia hay una fijación británica, amplificada por las autoridades del Peñón, que Gibraltar tiene derechos marítimos sobre las aguas que lo circundan de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas del Derecho del Mar, firmada en Montego Bay, Jamaica, en 1982.

Nada más lejos de la realidad porque, en primer lugar, el Tratado de Utrecht, que da soporte legal internacional a la presencia británica en Gibraltar, no deja ni un solo resquicio que de pie a la pretensión británica de que Gibraltar disfrute de aguas jurisdiccionales; sólo le permite el uso del embarcadero de la época como pieza marítima incluido en la transferencia de la propiedad. En segundo lugar, para poder acogerse a lo que otorga la mentada convención del Mar para los territorios limítrofes con el mar precisan dichos territorios de disfrutar de soberanía sobre los mismos, situación que no se produce en el caso de Gibraltar porque la transmisión de la Plaza por medio del mentado Tratado de Utrecht fue de la propiedad y en absoluto de la soberanía; consecuentemente, la pretensión británico de jurisdicción sobre las tres millas de aguas del Mediterráneo y milla y media de las aguas de la Bahía de Algeciras es pura falacia.

Por tanto, si está meridianamente claro que la pretensión de jurisdicción marítima está fuera de lugar dentro del Derecho Internacional, y así ha sido a través de tres siglos de la presencia colonial británica en Gibraltar, ¿a qué se debe ahora esta desaforada reclamación de soberanía sobre esas aguas españolas? ¿Por qué las autoridades de la colonia han iniciado una campaña de hostigamiento a los pesqueros de la zona que llevan toda la vida faenando en esas aguas? ¿Cuál es el objetivo de las provocaciones y búsquedas de confrontación con la Guardia Civil de Frontera que vigila la Bahía y ha tenido que tomar a su cargo la protección del derecho de los pesqueros españoles a faenar en aguas españolas? ¿Proteger la fauna marina de la depredación cuando tienen gasolineras flotantes en medio de la Bahía con el tremendo peligro de extinción que significan para toda la fauna marina habida y por haber en la Bahía de Algeciras? ¿Acaso el acoger y mantener en puerto submarinos de propulsión nuclear con gravísimas averías durante un año, como fue el caso del «Tireless» (elmundo.es) en el 2000/2001, no es un peligro para la fauna y flora marina? (Ver información al respecto de la fauna marina del 09-09-2012 en elpais.com) No, indiscutiblemente los argumentos que pregonan los llanitos para prohibir a los pesqueros españoles faenar en aguas propias es infumable, a menos que el fondo de la cuestión sea, en primer lugar, crear el ambiente de reclamación de legitimidad sobre las aguas en cuestión para, a renglón seguido, aumentar el grado de las provocaciones hasta crear una situación de confrontación armada entre la Guardia Civil española y las patrulleras de la policía de Gibraltar que propiciara la excusa de la intervención de la Armada británica que, de alguna manera, zanjara la cuestión por la vía de la fuerza y se quedara de ‘vigilancia para evitar confrontaciones’ en las aguas españolas como hecho consumado. La Armada británica vigilante del orden en aguas españolas, ¡de película de ciencia ficción!

Y ahora otra pregunta y la última: ¿Y esto sería posible dándose la circunstancia que Gran Bretaña es socio de España dentro de la OTAN? Es cierto que somos socios dentro de la OTAN, tan cierto como que semejante situación nunca debería presentarse. No obstante, dado que la situación de falta de identidad nacional en algunas regiones por la que atraviesa España en la actualidad es de lo más evidente, acompañada de una situación económica gravísima, no es descartable que haya mentes ‘lúcidas’ en alguna parte de Londres que hayan pensado que es el momento de dar una ‘solución’ al tema de Gibraltar y las aguas españolas que lo circundan dado que la merma de unidad nacional por la que atraviesa España en estos momento condicionaría una respuesta en regla a una situación semejante.

Tal vez alguien piense en Londres, -digo Londres porque es infantil pensar que pudiera ser dirigente alguno de la colonia- que, como en el caso de Portugal en 1640, «la ocasión la pintan calva».

Esperemos que nuestros otros socios de la OTAN, especialmente el Alto Mando, estén siguiendo con precisión la instigación y acoso a los pesqueros españoles en las aguas españolas de la Bahía de Algeciras, con descaradas provocaciones a las fuerzas de seguridad españolas en dichas aguas, por parte de la policía marítima de la colonia.

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Las Palmas de Gran Canaria, 12 septiembre de 2012.

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GRAN CANARIA, CONDENADA AL OSTRACISMO POR LAS MORATORIAS TURÍSTICAS

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GRAN CANARIA, CONDENADA AL OSTRACISMO POR LAS MORATORIAS TURÍSTICAS

El desarrollo turístico de Gran Canaria ha estado lastrado desde los comienzos de los años noventa -desde el 92 para ser más concreto- por las diferentes y continuadas decisiones administrativas, bien por parte del Cabildo de Gran Canaria como gran protagonista en la redacción del primer Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) a partir de 1992, como por parte del Gobierno de Canarias, y también del Parlamento canario, despropósito que comenzó con la suspensión de licencias vía Decretos en el campo del desarrollo turístico en 2001, que tuvo su continuidad en abril del 2003 con la Ley de Directrices, la llamada Moratoria Turística, la cual tuvo a su vez su continuidad en el 2009 con la Ley de Medidas Urgentes, hoy todavía en vigor, que ha sido una clara concatenación a la prohibición del desarrollo turístico, especialmente de hoteles de 4 y 5 estrellas que son en los que está centrada la demanda del mercado turístico desde hace más de dos décadas.

La mentada Ley de Medidas Urgentes, que en principio debía terminar su vigencia en abril de este año de 2012, ha sido prorrogada por seis meses más, hasta diciembre del año en curso, de manera que los bruñidores de la nueva Ley, otra ley que sustituya a la prorrogada a partir del uno de de enero de 2013, prevén que llevará implícita, según ellos, la simplificación de todas las trabas que las anteriores dos leyes de moratoria han hecho inviable el desarrollo racional y continuado de nuestra oferta turística, especialmente hotelera. O sea, que si la meta perseguida es la de quitar las trabas existentes al crecimiento económico impuestas por las dos leyes citadas, ello significa que dichas leyes estaban muy lejos de facilitar el crecimiento de la economía canaria y con ello, lógicamente, la creación de riqueza y empleo; no obstante, a pesar del fracaso que significó la Ley de Directrices del 2003, en la ley del 2009, la de Medidas Urgentes, se repite el mantenimiento de las trabas administrativas a cualquier iniciativa que tenga que ver algo con el suelo, ‘materia prima’ que en Canarias es casi la única que puede generar crecimiento económico y empleo.

Según el proyecto de la nueva ley, ya aprobado por el Gobierno de Canarias y ahora en su trámite hacia el Parlamento, al inversor potencial que venga a poner su dinero en proyectos en Gran Canaria, especialmente turísticos, también en el resto de las Islas, le queda dicho en esta ley negro sobre blanco lo que puede hacer, dónde, cómo y cuándo por lo que no tendrá ninguna duda futura en el curso del desarrollo del proyecto en el que quiera enterrar sus dineros, en el supuesto caso que ese cómo, dónde y cuándo encajen en sus expectativas de inversión y negocio, cosa poco probable porque, por lo general, el cómo, el dónde y el cuándo es una prerrogativa del inversor que nunca suele dejar en manos de nadie el decidirlo.

En resumidas cuentas, hay artículos en este proyecto de la ley en ciernes que son para llorar porque rizan el rizo a tales extremos que meterse en una inversión turística en Canarias con la garantía de leyes como la que está en el alero, una más a sumarse a las dos anteriores de intervención pura y dura, es meterse en un túnel de oscuridad absoluta cuya salida es imposible de vislumbrar.

Y ahora el lector tal vez se pregunte: ¿han sido estas leyes de moratorias al crecimiento turístico de tan nefastas consecuencias para Gran Canaria? La respuesta es, sin el menor equívoco, sí, y, como testimonia palpable de ello cito a continuación algunos de los puntos negativos en los que ha tenido especial incidencia:

a) En el año 2000 Gran Canaria superaba a Tenerife en recepción de turismo. Hoy Tenerife, nuestro mayor competidor en el mercado turístico, nos aventaja en unos dos millones de turistas al año. Su oferta hotelera de 4 y 5 estrellas, la más demandada en el mercado turístico, es casi el doble de la oferta grancanaria de la misma categoría; de ahí que sea líder canario en el mercado británico, en el mercado peninsular y está a punto de desbancar también a Gran Canaria en el liderazgo del mercado alemán, el cual siempre fue fiel a Gran Canaria con predominio sobre Tenerife desde los inicios de la recepción de turismo de vuelos charters.

b) Los destinos turísticos del Norte de África, Medio Oriente y Turquía, que hace ocho años eran ofertas turísticas emergentes, ya no son tan emergentes sino que son destinos consolidados que significan una enorme competencia para Canarias, especialmente para Gran Canaria por su limitada oferta de hoteles de categoría alta, tanto en lo relacionado con la oferta de hoteles de gran categoría y equipamientos deportivos en los propios hoteles como en precios y en servicio.

c) Cuando se promulgó la primera ley de moratoria al crecimiento turístico en abril del 2003, la Ley de Directrices, Canarias tenía una lista de 93.000 personas a la espera de un puesto de trabajo. Hoy, después de una continuada congelación artificial al crecimiento económico a través de las sucesivas intervenciones administrativas de moratorias, todo ello inmersos en la peor crisis económica que ha conocido la Historia europea desde la del 1928, Canarias alcanza ya la cifra de 360.000 personas (alrededor del 34% de la población activa) en las listas del paro. Esta espectacular subida del paro no se le puede achacar sólo a la crisis generalizada que vive España ya que dicha crisis comenzó en España en 2009 y para entonces los aumentos del desempleo en Canarias ya habían sido espectaculares desde el 2003, año en que comenzó por ley la congelación del crecimiento económico canario, especialmente grancanario.

Precisamente a cuento de esta nueva ley a aprobar en diciembre por el Parlamento canario, la ya denominada «Ley de Renovación y Cualificación turística de Canarias», el economista y experto en turismo Antonio Garzón Beckmann ha publicado en su página Web un post que ‘desmenuza’ esta futura nueva ley canaria del turismo el cual lleva el titular «Doce razones para desestimar el anteproyecto de la 3ª moratoria», cuyo contenido es de rabiosa actualidad y de lo más ilustrativo dado la importancia y repercusión que esta nueva ley tendrá en nuestro crecimiento económico durante años. Doto de enlace a dicho post para su rápido acceso al mismo a quienquiera que el asunto le sea de interés.

Por otra parte, se da la circunstancia que el Parlamento balear acaba de aprobar el pasado martes, día 17 del corriente mes de julio, la «Ley General turística de las Islas Baleares», que, por la afinidad que tienen los dos archipiélagos en su dependencia económica del sector servicios, el turismo especialmente, y la discontinuidad del territorio dividido en islas, merece ser tenida en cuenta por los próceres canarios que van a tener a su cargo la aprobación en diciembre de la nueva ley turística canaria y, con ello, marcar el desarrollo turístico canario por años con toda la influencia que tiene el sector turístico en el crecimiento económico de Canarias, centrando esta atención, especialmente, en lo que se refiere a la recepción de todas las competencias en materia del turismo y del territorio turístico por los Consejos insulares (Cabildos aquí) que permite a éstos el desarrollo de sus respectivas islas según sus necesidades, en el bien entendido que, en lo que se refiere a canarias, en ningún caso vuelva a repetirse que se legisle para todas las islas por igual pues se da la circunstancia que ninguna de ellas tiene las mismas necesidades, especialmente en el campo del crecimiento hotelero de calidad, y, además, debe obviarse en nuestra futura ley canaria del turismo el intervencionismo puro y duro que la ley balear impone sobre el crecimiento turístico hotelero de Baleares.

A este respecto debo resaltar que el Archipiélago balear ya tiene una oferta hotelera de 282.002 camas en sólo tres islas (Mallorca, Menorca y Formentera; datos del 2005) que, tal vez, pudiera justificar un endurecimiento del crecimiento de la oferta de la cama turística, y Canarias, entre seis islas, (Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma y La Gomera) sólo oferta 208.651 camas hoteleras (datos recientes de «gobiernodecanarias.org/turismo») sin olvidar que, siendo nuestro fuerte la temporada invernal cuando queda ociosa por falta de demanda casi toda la oferta del Mediterráneo, Canarias tiene que cubrir la demanda de casi la totalidad del clásico mercado europeo que de continuo va expandiendo los períodos de vacaciones a lo largo de todo el año.

A continuación inserto enlaces que llevarán al lector directamente a varios artículos de la ley balear que he considerado de importancia para el caso de que sean tenidos en cuenta por nuestros legisladores en la nueva ley del turismo canario. Al final también tendrá el lector enlaces a otros artículos que sobre el asunto de las moratorias canarias he publicado en este blog a lo largo del tiempo.

ENLACES A UNA RELACIÓN DE ARTÍCULOS PUBLICADOS EN ESTE BLOG SOBRE LAS MORATORIAS CANARIAS

ENLACES A ARTICULOS Y DISPOSICIONES DE LA LEY DEL TURISMO BALEAR

Artículo 7.- Competencias de los Consejos Insulares

Artículo 8.- Competencias de los Ayuntamientos.

Artículo 9.- Relaciones interadministrativas.

Disposición Adicional Primera.- (Facultades de los Consejos Insulares)

Art. 75.- Ordenación territorial de los recursos turísticos.

Disposición Transitoria I – II – III (Transferencia de competencias a los Consejos Insulares)

Art. 70.- Planificación Turística

Disposición Adicional Sexta.- (Establecimientos turísticos que pueden ser construidos)

Art. 68.- Mejora de la competitividad mediante el desarrollo de turismo sostenible.

Art. 69.- Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera como marcas turísticas de las Illes Balears.

Art. 71.- Calidad turística y objetivos.

Art. 73.- Formación e Innovación en turismo.

Art. 74.- Declaraciones de interés turístico.

Disposición Adicional Octava.- (Utilización de suelo rústico para alojamiento de turismo rural)

Disposición Adicional Duodécima.- (Supremacía de la Ley del Turismo sobre los planes insulares de ordenación de la oferta turística)

Art. 7.- Competencias de los Consejos Insulares.

De conformidad a lo dispuesto en el art. 70. 3 del Estatuto de Autonomía de las
Illes Balears corresponde a los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera en relación a su propio ámbito territorial las siguientes competencias:

a) La ordenación y planificación turística mediante la elaboración de los
correspondientes planes de intervención en ámbitos turísticos, planes territoriales insulares y planes de desarrollo turístico insular.

b) La administración y gestión de los recursos turísticos.
c) La ordenación y gestión del registro insular de empresas, actividades y
establecimientos turísticos.

d) La promoción interna y externa y la protección de la imagen turística de la
isla sobre la que ejerza sus competencias, fijando los criterios, la regulación de las condiciones y la ejecución o el control de las líneas públicas de ayuda y promoción del turismo.

e) La potenciación de aquellas medidas y actuaciones que posibiliten el
desarrollo y la implantación de políticas de calidad turística en los destinos, recursos,servicios y empresas turísticas de su ámbito territorial.

f) La protección y preservación de los recursos turísticos.

g) El asesoramiento y apoyo técnico a los municipios de su ámbito territorial en cualquier aspecto que mejore su competitividad turística.

h) El desarrollo de la política de infraestructuras turísticas y la coordinación de las acciones s que en la materia realicen los municipios.

i) El impulso y la coordinación de la información turística.

j) Las declaraciones de interés turístico insular.

k) La concesión de premios y distinciones turísticas.

l) La inspección y sanción en materia de turismo en los términos establecidos en esta Ley.

m) Cuantas otras competencias relacionadas con el turismo se le atribuyan en
esta Ley u otra normativa de aplicación.

o) Desarrollar los reglamentos en el ámbito de sus competencias.q

Art. 8.- Competencias de los Ayuntamientos.

Los municipios de la Comunidad de las Illes Balears tienen las siguientes
competencias en materia de turismo:

a) La protección y conservación de los recursos turísticos, así como la adopción de medidas tendentes a su efectiva utilización y disfrute.

b) La promoción turística del municipio en el contexto de la promoción de cada
una de las Illes Balears.

c) El fomento de la actividad turística en su término municipal.

d) La colaboración con la administración autonómica o insular y entidades
dependientes en proyectos conjuntos.

e) Las declaraciones de interés turístico municipal.

f) La aprobación de los planes de desarrollo turístico municipal.

g) Cualesquiera otras competencias que les sean atribuidas por esta u otra ley,
trasferidas o delegadas de acuerdo con lo preceptuado en la legislación de régimen
local.

Art. 9.- Relaciones interadministrativas.

Las distintas administraciones de la Comunidad Autónoma con competencias en
materia de turismo, dentro del ámbito de su autonomía, se ajustarán en sus relaciones reciprocas a los principios de información mutua, coordinación, colaboración,cooperación, respeto a los ámbitos competenciales respectivos y ponderación de los intereses públicos implicados primando la eficacia y eficiencia administrativa.

En aplicación de tales principios se podrán utilizar las técnicas previstas
legalmente y en especial, la celebración de convenios y conferencias sectoriales, la creación de consorcios y la elaboración de instrumentos de planificación, especialmente en la redacción de los planes de intervención en ámbitos turísticos.

Disposición Adicional Primera.-

1.- Se faculta al Consejo de Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones necesarias para ejecutar y desarrollar lo que se dispone en esta Ley.

2.- Se faculta a los Consejos Insulares para que en el ámbito de sus competencias dicten las disposiciones necesarias para ejecutar y desarrollar la presente Ley.

3.- Se faculta al Consejo de Gobierno de las Illes Balears para que mediante decreto actualice periódicamente la cuantía de las multas comprendidas en la presente Ley.

Art. 75.- Ordenación territorial de los recursos turísticos.

La ordenación territorial de los recursos turísticos de cada una de las islas se realizará según lo dispuesto en esta Ley y el resto de instrumentos de planeamiento.

Disposición Transitoria I.-

Hasta que no se desarrolle reglamentariamente esta Ley, será de aplicación la normativa turística vigente en todo aquello que no la contradiga.

Disposición Transitoria II.-

Todas las competencias atribuidas por esta Ley a los Consejos Insulares serán desempeñadas por la Consejería competente en materia de turismo del Gobierno de las Illes Balearshasta que se produzca el traspaso de los medios necesarios para el ejercicio de dichas competencias en materia de turismo conforme a lo que dispone el artículo 70.3 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

Disposición Transitoria III.-

Todas las solicitudes de autorizaciones de establecimientos de alojamiento presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 13/2011 de 25 de febrero por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística, que por problemas de gestión urbanística o de viabilidad económica del proyecto presentado no haya sido desarrolladas, estarán exentas del régimen establecido para la adquisición del número de plazas autorizadas, ajustándose al régimen que les era de aplicación cuando presentaron la solicitud.

Art. 70.- Planificación Turística.

1.- Cada uno de los Consejos Insulares, sin perjuicio de la potestad del Gobierno de las Illes Balears para establecer planes de carácter suprainsular, aprobará los planes de promoción y calidad turística de cada una de sus islas que serán de carácter plurianual y que tendrán entre otros los siguientes objetivos:

a) Definir el modelo y la estrategia de desarrollo turístico de cada una de las islas.

b) Determinar las principales necesidades, objetivos, prioridades y programas de acción.

c) Impulsar los recursos turísticos de cada isla.

d) Adoptar cuantas medidas sean necesarias para la diversificación de la oferta turística y reducir al máximo la estacionalidad.

e) Establecer medidas que impulsen la competitividad del sector turístico y permitan un desarrollo turístico sostenible y compatible con la protección del entorno, el medioambiente y los recursos turísticos.

f) Establecer las medidas que sean necesarias para lograr un incremento de la calidad turística.

2.- Los planes de promoción y calidad turística podrán ser revisados en función de la evolución del sector turístico y de la aparición de circunstancias que no hubieran podido ser tenidas en cuenta en el momento de su elaboración.

3.- En el marco de los planes de promoción y calidad turística se podrán elaborar planes encaminados al desarrollo de productos específicos.

4.- Cada uno de los Consejos Insulares promoverá la colaboración con otras administraciones públicas y en las condiciones fijadas en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía con otros países o regiones extranjeras priorizando aquellas que mayor flujo turístico aportan a las Illes Balears.

Disposición Adicional Sexta.-

A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, sólo se podrán inscribir nuevos establecimientos de alojamiento, que sean apartamentos con categoría mínima de 3 llaves o bien establecimientos hoteleros de categoría mínima de 4 estrellas, exceptuando los hoteles de ciudad que también podrán ser de tres estrellas.

Sí podrán inscribirse el resto de establecimientos de alojamiento turístico, empresas mixtas y aquellos hoteles, hoteles-apartamento y apartamentos turísticos existentes que aumenten de categoría aunque no lleguen a la categoría de 4 estrellas y de 3 llaves

Art. 68.- Mejora de la competitividad mediante el desarrollo de turismo sostenible.

La actividad turística de la Comunidad Autónoma de la Illes Balears se dirigirá hacia la mejora de la competitividad del sector turístico mediante el desarrollo del turismo sostenible, atendiendo principalmente a la preservación y conservación de los recursos turísticos, procurando un correcto y proporcionado aprovechamiento de los mismos, que garantice la perdurabilidad, la conservación y el mantenimiento del legado, natural, cultural, artístico y social de las islas y que contribuya de forma equitativa al crecimiento económico y al bienestar general.

Art. 69.- Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera como marcas turísticas de las Illes Balears.

En el marco de lo establecido en materia de publicidad institucional cada uno de los Consejos Insulares tendrá la marca turística global según le corresponda de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera para la promoción y proyección interior y exterior de los recursos y productos turísticos de cada una de las islas.

Cada uno de los Consejos Insulares y respecto de la isla en la que ejerza sus competencias podrá declarar obligatoria la inclusión de los nombres de “Mallorca”,“Menorca”, “Ibiza” y “Formentera” en las campañas de promoción que se establezcan.

Dicha obligación podrá incluir la inserción de los logotipos que se acuerden.

Art. 71.- Calidad turística y objetivos.

1.- La administración turística competente impulsará una estrategia de actuación en materia de calidad turística orientada a la óptima y homogénea atención de los usuarios de servicios turísticos, a la satisfacción de sus expectativas y a su fidelización, a través de la mejora continuada de los productos o servicios de los que hacen uso.

2.- Las actuaciones a desarrollar en el ámbito de la estrategia de calidad turística se podrán articular mediante la adopción de disposiciones reglamentarias concretas sin perjuicio de lo que estuviere dispuesto en el correspondiente plan de promoción y calidad turística sobre esta materia.

Art. 73.- Formación e Innovación en turismo.

1.- La administración turística promoverá la adaptación de la formación en turismo a las necesidades de las empresas turísticas establecidas en las Illes Balears y a la continua transformación del sector turístico, fomentando una formación para el empleo que sea práctica y especializada, atendiendo a las peculiaridades del sector turístico y sus empresas.

2.- Igualmente la administración turística apoyará, fomentará, e impulsara la innovación y la modernización tecnológica de las empresas, los establecimientos y los servicios turísticos, adoptando cuantas medidas y a través de los instrumentos que sean precisos para incrementar la competitividad y sostenibilidad del sector turístico.

3.- La administración turística promoverá la implantación de la formación en turismo en la elaboración de los distintos planes de educación, fomentando la enseñanza del hecho turístico desde la educación primaria, facilitando para ello los recursos materiales y personales necesarios para alcanzar este objetivo.

4.- La administración turística adoptará cuantas medidas sean necesarias para la mejora y desarrollo en la formación, el ejercicio y el perfeccionamiento de las profesiones turísticas, fomentando el impulso a la investigación, desarrollo e innovación en todas aquellas materias que puedan redundar en beneficio del sector turístico y sus profesionales

Art. 74.- Declaraciones de interés turístico.

1.- Con la finalidad de impulsar la inversión en complejos, servicios e
infraestructuras turísticas de desestacionalización y la mejora de la oferta en las distintas zonas turísticas, el Gobierno de las Illes Balears, el Consejo Insular correspondiente o cualquier Ayuntamiento podrán dentro del ámbito de sus competencias declarar el Interés Turístico de las iniciativas, propuestas y proyectos presentados.

2.- Estas declaraciones se podrán acordar en cualquier momento de la
tramitación administrativa, pero sólo tendrá efecto desde la fecha en que se declare el interés turístico de la inversión.

3.- Las inversiones declaradas de interés turístico tendrán en su tramitación unimpulso preferente y rápido por parte de cualquier administración de las Illes Balears.

4.- Reglamentariamente se fijaran los supuestos, las condiciones, la clase de suelo y el procedimiento a seguir para obtener la Declaración de Interés Turístico y los efectos de dicha declaración.

Disposición Adicional Octava.-

En todos los tipos de suelo rústico, con independencia de su grado de protección estará permitida la oferta de establecimientos de alojamiento de turismo rural en los términos establecidos en la sección III del capitulo II del titulo III de esta Ley, sin que sea precisa declaración de interés general.

Disposición Adicional Duodécima.-

Cualquier referencia que en la legislación de las Illes Balears se haga a los planes directores insulares de ordenación de la oferta turística, se entenderá hecha desde la entrada en vigor de la presente Ley a los planes de intervención en ámbitos turísticos.

A CONTINUACIÓN ALGUNOS ARTÍCULOS MÍOS SOBRE ESTE TEMA PUBLICADOS EN ESTE BLOG. TAMBIÉN ALGUNOS PUBLICADOS EN LA PRENSA NACIONAL

Barcelona estrenará 13 hoteles de lujo en 2012

Se prevén el mismo número de inauguraciones para el 2013 | La mayoría de las nuevas incorporaciones están en fincas nobles de pocas habitaciones y tienen una amplia oferta gastronómica

2007-04-17 EL PP Y LA LEY DE DIRECTRICES: RECTIFICAR ES DE SABIO

2007-04-02 EL ESTUDIO DE LA ULPGC SOBRE PLAYA DEL INGLÉS: CUATRO AÑOS TARDE

2008-05-11 A VUELTAS CON LA MORATORIA TURÍSTICA
además “UN TINERFEÑO, PROPIETARIO DE HOTELES EN TENERIFE, PIENSA EN VOZ ALTA»

2008-08-14 LA MORATORIA TURISTICA: TROPEZAR TRES VECES EN LA MISMA PIEDRA

2008-10-24 EL BAILE DE LA MORATORIA TURÍSTICA

2008-11-09 ¿HACIA DÓNDE SE ENCAMINA GRAN CANARIA? (II)

2008-11-16 CUMBRE DE LOS LÍDERES DEL MUNDO SOBRE LA CRISIS ECONÓMICA Y FINANCIERA

2008-11-24 EL FANTASMA DE LA RECESIÓN ENCOJE AL MUNDO, PERO…¿QUÉ PASA CON CANARIAS?

2009-02-28 LA MORATORIA TURISTICA QUE NO CESA

2009-11-14 Y LA MONTAÑA PARIÓ OTRO ENGENDRO: LA LEY DE MEDIDAS URGENTES (hoteles escuelas)

2010-10-09- ARTÍCULOS DE F.J. CHAVANEL, ROMÁN RODRÍGUEZ Y DANIEL GARZÓN LUNA PUBLICADOS EN LA PRENSA GRANCANARIA

2011-09-14NUESTRO FUTURO TURÍSTICO INMEDIATO: ¿SE HA PLANIFICADO PARA LO QUE SE AVECINA?

2011-09-25 SESENTA MIL CAMAS AL DESGUACE

2011-10-28 GRAN CANARIA HA PERDIDO DEFINITIVAMENTE EL LIDERAZGO TURÍSTICO DE CANARIAS

2011-11-19 EL BAILE DE LA MORATORIA: LA ORQUESTA, IMPERTÉRRITA, SIGUE TOCANDO

2011-11-30 ¡OTRA MORATORIA TURÍSTICA CANARIA! ¿EL CUARTO TROPEZÓN EN LA MISMA PIEDRA?

2011-12-07 PUDIMOS EVITARLO (de Juan I. Jiménez Mesa el 4-06-2005 en La Provincia/DLP))

2011-12-10 ¿HA LLEGADO LA HORA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ISLAS?

2011-12-14 «LOS EMPRESARIOS NO ESTÁN EN CAMPAÑA NI QUIEREN GOBERNAR» (Dice Eustasio López)

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NUESTRO CLIMA: DECÍAMOS AYER……

NUESTRO CLIMA: DECÍAMOS AYER

Artículo mío publicado en el CANARIASAHORA.COM el 25 de agosto de 2003 a cuento de nuestro clima que vuelve a cobrar actualidad en nuestra promoción turística.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de julio de 2012.

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¡BIENVENIDO «MISTER EUROVEGAS»!

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¡BIENVENIDO «MISTER EUROVEGAS»!

Desde que el 1 de enero de 2011 entró en vigor la Ley Antitabaco del Gobierno socialista comenzó también con ella un verdadero calvario de todos los propietarios de establecimientos hosteleros que permitían a su clientela, de acuerdo con la Ley del Tabaco en vigora hasta ese día, el poder fumar en los mismos, bien porque fueran abiertamente para fumadores o bien por haber instalados las pertinentes separaciones físicas que distanciaban en el local a fumadores de los no fumadores. Decir que esta Ley Antitabaco, aún hoy en vigor, fue un mazazo económico para la inmensa mayoría de la hostelería, especialmente bares, restaurantes, salas de fiesta y discotecas es decir muy poco. No fueron pocos los que tuvieron que cerrar por la espantada de la clientela fumadora, que en los caso de bares es casi la mayoría, y tampoco fueron pocos los empleados del gremio que se vieron en la calle, despedidos, por la merma drástica de clientela. Todo ello en plena crisis económica, con una entrada de turistas a España del orden de los cincuenta millones de personas, un porcentaje elevado de ellos fumadores, y con un paro que rondaba ya los cuatro millones y medio de personas sin puesto de trabajo; amén de la agresión descarada y provocadora a la libertad personal del individuo en la elección de sus hábitos personales si dichos hábitos no son el consumo de sustancias al margen de la ley.

Con la llegada del Partido Popular al poder en noviembre del 2011 todos los fumadores y, especialmente el gremio de la hostelería que tan duramente fue castigado por dicha ley, comenzaron a ver luz al final del túnel pues ya el Partido Popular dejó entrever con claridad en su campaña electoral que haría cambios sustanciales en la Ley Antitabaco (Ver la respuesta de Mariano Rajoy a elpais.com el 10 de noviembre de 2011). No fueron pocos los votos que cosechó el PP sólo por ese anuncio liberalizador de la vida pública del día a día del ciudadano pero, contra lo previsible, no fueron por ese camino las actuaciones del PP una vez tomadas las riendas del poder, en lo que al asunto de la Ley Antitabaco se refiere, pues la señora ministra de Sanidad, la impopular Ana Mato, no sólo no cambió la rigidez de la mentada Ley Antitabaco sino que hizo saber orbi et orbe, precisamente en plena campaña de las elecciones andaluzas, que la Ley Antitabaco socialista se mantendría inalterable, cosa que cayó como un jarro de agua fría en el más crudo de los inviernos sobre la masa fumadora de España, casi el 50% de la población adulta, y, especialmente, sobre todo el gremio de la hostelería que habían puesto sus esperanzas en el Gobierno del PP para comenzar a levantar cabeza. Si alguien pensó que semejante torpeza y ‘divinidad protectora’ de la salud corpórea del individuo iba a pasar desapercibida al electorado andaluz, especialmente al gremio de la hostelería que es uno de las principales columnas que sostienen la actividad económica de toda Andalucía, especialmente las capitales y las zonas costeras, se equivocó de tomo y lomo. En Andalucía se produjo una ausencia más que significativa de votantes en las urnas del Partido Popular que se sintieron defraudados y engañados y que tuvieron la suficiente influencia en el escrutinio final para que el Partido Popular no obtuviera la mayoría suficiente para gobernar en la Comunidad Andaluza. Como ya comenté en otro de mis artículos sobre el asunto de la Ley Antitabaco, el tabaco fue «la herradura que perdió el caballo que tuvo como consecuencia la pérdida de una batalla que conllevó a la pérdida de la guerra política en Andalucía».

Como prolongación del asunto del tabaco, viene a cuento un episodio de nuestra historia no muy lejana, el famoso «Plan Marshall», que significó para la derruida Europa después de la Segunda Guerra Mundial una resoluta aportación económica de los EEUU a su reconstrucción. España, que también había quedado hecha unos zorros al finalizar la Guerra española de «todos contra todos» en 1939 y tenía expectativas de ser incluida en dicho Plan, quedó fuera del programa de reconstrucción de Europa a causa, según cuentan los estudiosos, de las ‘malas amistades’ del General Franco en dicha conflagación. Es decir, el «Mister Marshall» de marras pasó por España camino de Europa sin dejar un sólo dólar con que poder echarse al coleto un tintorro con tapa de sardina embarricada.

Hoy, unos cuantos años después de aquel ‘desaire’ norteamericano a la nación más antigua de Europa y precursora de la civilización en su continente de la que hoy tanto se jactan los anglosajones exterminadores de pieles rojas, nos vuelven a anunciar la visita de otro «Mr. Marshall» quien, esta vez, sí está dispuesto a traernos un largo chorro de millones que levantará, en el lugar elegido por el dedo del sabio en inversiones en el arte del juego, una ciudadela de casinos, hoteles, parques de atracciones y todo lo que lleva implícito el mundo de las atracciones y el divertimento. Esto sí puede ser un chollo para aquella tierra de España -el extranjero debe quedar excluido de tan altos fines – que tenga la suerte de ser en ella donde se pose el dedo del sabio que lo ve todo, en lo que a captar dinero del y para los juegos de azar se refiere. Huelga el mencionar que, aparte de la inversión que puede llevar implícito el levantar semejante emporio del juego y distracciones, con la consiguiente creación de puestos de trabajo en su construcción y, más adelante, con la mano de obra que necesitará el hacer lo construido operativo, vendrá acompañada de un reclamo permanente de atracción de dinero en masa a las salas de juego y demás atractivos turísticos.

Pero……¡aaamigo! con Sanidad hemos topado amigo Sancho, porque como resulta que el negocio del juego implica un estado de mucha tensión para los jugadores que sean, además, fumadores y es totalmente imposible que aquí venga ningún jugador a hacerse millonario en un casino de España si en el recorrido hasta llegar a los millones se tiene que comer los dedos -porque las uñas ya se supone que se las come en el fragor de la batalla de los dados-; es decir, que Mr. Marshall pasará otra vez de largo y no regará nuestros secos campos con millones si no se levanta la prohibición de fumar en los casinos y en el conjunto de la ‘ciudadela’ que se levante al respecto. Y ahora se puede suscitar la pregunta: ¿Y quién tiene el ‘Ábrete Sésamo’ que nos expedite las puertas de la gruta de los tesoros inagotables del mundo del juego? Sanidad, sólo Sanidad porque, según parece, en el asunto del tabaco es la única que manda porque por algo tiene a su cargo la salud corpórea del paciente españolito. De la salud mental mejor no hablar porque, de momento, está a cargo del Ministerio del Trabajo con una lista de espera de más de cinco millones de pacientes a la espera de asistencia médica.

Humor negro aparte, va siendo hora de que el Gobierno de España se replantee de forma decidida la actual Ley del Tabaco y asuma, a pesar de no haber sido el propulsor de dicha Ley, que ha hecho un daño tremendo a la industria hostelera y hotelera, ha aumentado el paro considerablemente y ha hecho muy infeliz al 50% de los adultos españoles que son fumadores y que, no obstante la ley citada, no han dejado de fumar pues en España se sigue fumando igual que antes de la fatídica Ley Antitabaco. No se puede obviar la importancia que tiene el sector servicios en la economía nacional pues hay regiones turísticas en las que este sector da cobertura económica, directa o indirectamente, al 80% de su población.

A continuación inserto un enlace al artículo que el 27 de junio del año en curso publicó el diario «elpais.com» con relación a la posible instalación en Madrid del grupo «Eurovegas» que es de lo más ilustrativo al respecto de la Ley Antitabaco aún en vigor en España y las consecuencias demoledoras que ya ha tenido y sigue teniendo para la economía de la Nación.

Y para terminar un escueto comentario: BIENVENIDO «EUROVEGAS» SI CON TU LLEGADA VIENE TAMBIÉN EL LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICIÓN DE FUMAR EN TODA LA HOSTELERÍA ESPAÑOLA.

2012-06-27 elpais.comAguirre afirma que “se cambiará” la ley antitabaco para Eurovegas

2012-06-27 abc.es EL MINISTERIO DE SANIDAD MANTENDRÁ LA LEY ANTITABACO ANTE LA EXIGENCIA DE EUROVEGA

2011-11-10 ELPAIS.COM –PREGUNTA A MARIANO RAJOY:

«¿Modificará la ley del tabaco para que se pueda fumar en pequeños establecimientos hosteleros?», fue la pregunta.

Esta es la respuesta de Rajoy: «A mí me gustaba más la primera ley, porque además se obligó a mucha gente a hacer obras y se gastaron dinero y dijeron habrá una zona para fumadores y otra zona para no fumadores. Yo creo que como todo en la vida las soluciones extremas no son buenas, pero sé que la mayoría de la gente está en contra de esta ley que prohíbe fumar en cualquier sitio incluso que no haya para fumadores. Pero yo creo que podemos arbitrar una fórmula sobre una base: al no fumador no se le puede perjudicar, yo en eso estoy total y absolutamente de acuerdo».

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de junio de 2012.

POSTS PUBLICADOS EN ESTE BLOG SOBRE LA LEY ANTITABACO

DOMINGO 12 DE SEPTIEMBRE DE 2010

¡A FUMAR A LA PUTA CALLE, CERDO!…..¡TE REFORMARÉ!

MARTES 4 DE ENERO DE 2011

LA NUEVA LEY ANTITABACO: Y EL DISPARATE SE CONSUMÓ

MARTES, 27 DE MARZO DE 2012

EL TABACO, LA HERRADURA QUE PERDIÓ EL CABALLO POR LA QUE EL PP PERDIÓ LA ‘GUERRA’ DE ANDALUCÍA

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